¿Qué es el Decreto Supremo N°22?
El Decreto Supremo N°22 del Ministerio del Medio Ambiente es la norma que concreta las obligaciones de la Ley REP N° 20.920 para la categoría de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) y pilas en Chile.
Mientras la Ley REP establece el marco general de responsabilidad extendida del productor, este decreto fija los números concretos: qué porcentaje de RAEE debe recolectar y valorizar cada productor, en qué plazo y bajo qué condiciones.
Su publicación en el Diario Oficial el 7 de mayo de 2026 marca el inicio formal del período de cumplimiento. Desde esa fecha, las empresas obligadas ya no pueden alegar desconocimiento ni falta de normativa vigente.
DS N°22
Número del decreto
Medio Ambiente
Ministerio
7 mayo 2026
Publicación Diario Oficial
RAEE + Pilas
Categorías reguladas
¿A qué empresas aplica el DS N°22?
El decreto aplica a todos los productores de aparatos eléctricos, electrónicos y pilas en Chile, definidos como:
- Fabricantes nacionales de aparatos eléctricos y electrónicos
- Importadores de equipos electrónicos para comercialización en Chile
- Empresas que venden bajo marca propia, aunque fabriquen en el extranjero
- Vendedores de comercio electrónico que internan productos desde el exterior
- Importadores y distribuidores de pilas y baterías
⚠️ También aplica a generadores de RAEE
Aunque no seas productor ni importador, si tu empresa genera RAEE en sus operaciones (computadores en desuso, renovaciones tecnológicas), tienes la obligación de entregarlos exclusivamente a un gestor RAEE autorizado. El DS N°22 refuerza esta exigencia.
¿Qué ocurre ahora que está publicado?
La publicación en el Diario Oficial activa una cadena de obligaciones y plazos:
Registro de productores
Las empresas obligadas deben inscribirse (o actualizar su inscripción) en el Registro de Productores del Ministerio del Medio Ambiente dentro de los plazos establecidos en el decreto.
Contratación de gestor RAEE autorizado
Para cumplir las metas, los productores deben operar con gestores autorizados por la SMA. No es válido entregarle residuos electrónicos a empresas sin autorización vigente.
Inicio de recolección
Las campañas de recolección deben iniciarse a tiempo para acumular el volumen necesario y alcanzar la meta antes del cierre del año calendario.
Reporte anual al Ministerio
Al cierre del año, cada productor debe presentar el informe de cumplimiento con los certificados emitidos por su gestor RAEE autorizado.
¿Qué pasa si no cumplo el DS N°22?
El incumplimiento del decreto es fiscalizado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Las sanciones pueden incluir:
- Multas de hasta 10.000 UTM (aproximadamente $700 millones de pesos)
- Clausura temporal de instalaciones
- Publicación en el Registro de Sanciones de la SMA — daño reputacional público
- Inhabilitación para participar en licitaciones y contratos públicos
¿Qué debe hacer mi empresa esta semana?
Verificar si aplica
Revisar si tu empresa fabrica, importa o distribuye aparatos eléctricos, electrónicos o pilas en Chile.
Leer el decreto completo
El DS N°22 está disponible en el Diario Oficial de Chile (diariooficial.interior.gob.cl). Identifica las categorías que aplican a tu empresa.
Contactar a un gestor RAEE autorizado
Iniciar conversaciones con gestores autorizados ahora — el año está avanzando y las metas se calculan sobre el año completo.
Inscribirse en el registro
Completar o actualizar la inscripción en el Registro de Productores del Ministerio del Medio Ambiente.
Los plazos están corriendo desde el 7 de mayo
¿Tu empresa está preparada para el DS N°22?
ElectroLoop es gestor RAEE autorizado. Te acompañamos desde el registro hasta los certificados de cumplimiento. Conversemos esta semana.
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